El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, y del de Economía, Luis de Guindos, ha aprobado el Anteproyecto de Ley del Código Mercantil con el que se sustituirá el Código de Comercio que está vigente desde 1885.
El Código regula materias que carecían de normativa aplicable. Es el caso de las normas sobre la empresa y operaciones o negocios sobre la misma y la representación. También se incluyen varios artículos sobre propiedad industrial y distintos tipos de contratos, como los de suministro, mediación, los de obra, prestación de servicios mercantiles, operaciones sobre bienes inmateriales, prestación de servicios electrónicos, contratos bancarios y de financiación.
El Código Mercantil se estructura en un título preliminar, en el que se delimita la materia mercantil, y siete libros. El primero delimita el régimen jurídico de la empresa y la responsabilidad del empresario, así como el Registro Mercantil. El siguiente se centra en las sociedades mercantiles. El tercero regula el derecho de la competencia y la propiedad industrial. El de las obligaciones y los contratos mercantiles en general es el cuarto y se complementa con el quinto, referido a los contratos en particular. El sexto es el de los títulos valores e instrumentos de pago y de crédito, y el séptimo establece un régimen general de prescripción y caducidad de las obligaciones mercantiles.