Se ha publicado en el BOE la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa.
En su artículo 28.3 se modifica el artículo 48 letra K del Estatuto Básico del Empleado Público, quedando redactado en el sentido de que los funcionarios públicos tenemos derecho a cinco días de permiso por asuntos particulares al año. En virtud del artículo 503 de la LOPJ, este permiso es aplicable directamente a todo el personal al servicio de la Administración de Justicia.
Esto no es ningún regalo del Gobierno, sino recuperar una pequeñísima parte de nuestros derechos anteriormente arrebatados, por lo que debemos persistir hasta recuperar la totalidad, incluídos todos los días que teníamos en la Administración de Justicia, así como los de antigüedad, sin olvidar la paga extra de 2012 o los descuentos por enfermedad que ahora se nos aplican.