Los jueces de Primera Instancia y de lo Mercantil de Santander podrán determinar de oficio la existencia de cláusulas abusivas en los contratos de las hipotecas, lo que podría llevar a paralizar cautelarmente procesos de desahucios, y sólo aceptarán intereses de demora que no superen en más de tres veces el interés fijado en el contrato.
Así lo han decidido la Junta de Jueces de Primera Instancia y de lo Mercantil de Santander, que ha fijado un "criterio unificado" sobre esta cuestión después de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que ha calificado de abusiva la normativa sobre desahucios.
Según lo acordado, el juez podrá apreciar lo abusivo de la cláusula de un contrato "en cualquier momento de la tramitación del procedimiento" siempre que tenga "los suficientes elementos de hecho y de derecho para formar su convicción", lo haga tras escuchar a las partes y no cuente con la oposición del consumidor.
Así lo han decidido la Junta de Jueces de Primera Instancia y de lo Mercantil de Santander, que ha fijado un "criterio unificado" sobre esta cuestión después de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que ha calificado de abusiva la normativa sobre desahucios.
Según lo acordado, el juez podrá apreciar lo abusivo de la cláusula de un contrato "en cualquier momento de la tramitación del procedimiento" siempre que tenga "los suficientes elementos de hecho y de derecho para formar su convicción", lo haga tras escuchar a las partes y no cuente con la oposición del consumidor.