El Tribunal Supremo ha decidido anular una serie de artículos del Reglamento de la Carrera Judicial entre los que se incluye el que obligaba a los titulares de los juzgados unipersonales a acotar sus vacaciones en el período comprendido entre el 1 de junio y el 30 de septiembre, salvo expresa autorización de sus superiores por circunstancias justificadas.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha estimado parcialmente el recurso presentado por la Asociación de jueces y magistrados Francisco de Vitoria contra el acuerdo del Pleno del CGPJ que aprobó en 2011 el reglamento de la Carrera por considerar que es contrario al derecho.