A partir del próximo día 4 de mayo de 2020 volverán a prestarse servicios presenciales en las delegaciones de MUGEJU, en base a lo acordado por la Secretaría General de Función Pública de cara a la reincorporación presencial del personal, la paulatina reactivación de la actividad en los órganos judiciales y la correlativa reincorporación del personal a su servicio.
En aquellas delegaciones provinciales que no estén dotadas de dos o más personas, la persona a su servicio realizará presencialmente las tareas indicadas los lunes y los jueves de cada semana, debiendo asegurarse, mediante los medios de publicidad que se estime más eficientes, la puesta en conocimiento general de todos los mutualistas del calendario vigente y del horario de apertura de la delegación. Si el día de la apertura de la delegación fuese festivo, el servicio se prestará en el siguiente día hábil.
El trabajo se desarrollará en horario de apertura y atención al público de 9:00 a 14:30 horas. Se mantienen en su condición de servicios básicos esenciales de MUGEJU los establecidos en las resoluciones de 16 y 30 de marzo de 2020.