STAJ ha acusado a la Consejería de Justicia de la Junta de Andalucía de haber "denegado a una funcionaria de los juzgados de Sevilla el desempeño provisional de un puesto mejor retribuído, basándose en un informe del letrado de Justicia del órgano que dice que la funcionaria no es idónea porque "tiene concedida una reducción y flexibilidad horaria" que "tiene fundamento en el cuidado de un hijo con discapacidad".
Según STAJ, a esta funcionaria se le asignan en la práctica "funciones que en realidad corresponden al Cuerpo superior, pero ahora cuando pide que se le permita ocupar dicho puesto y percibir unas retribuciones ligeramente mejores, se le deniega, con fundamento únicamente en que tiene concedida una reducción de jornada".
Para STAJ, esta actuación por parte de la Administración "impide a la funcionaria mejorar económica y profesionalmente, constituye una discriminación intolerable, vulnera los derechos de la funcionaria como mujer y como madre trabajadora, y es contraria a los principios de conciliación de la vida familiar y laboral, máxime cuando la reducción de jornada tiene fundamento en el cuidado de un hijo con discapacidad, y que se le aplica con detracción proporcional de su sueldo".
STAJ concluye señalando que "la discriminación por ser mujer" resulta "lamentable", pero "por ser madre es simplemente escandaloso", y "la Junta de Andalucía debe rectificar de inmediato".