Los servicios jurídicos de STAJ en Canarias, puestos al servicio exclusivamente de los funcionarios de Justicia, han planteado demanda de extensión de efectos a una funcionaria interina de los Cuerpos generales de la Administración de Justicia a la cual no se le reconocía por el Ministerio los períodos anteriores en los que trabajó en órganos jurisdiccionales con anterioridad a 1990 y en los cuales nunca fue dada de alta y afiliada al Régimen General de la Seguridad Social.
Por auto de fecha 30/03/2017 dictado en la Pieza de Extensión de Efectos en el Procedimiento Abreviado 49/2014 que se lleva en el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo nº 6 de Madrid, se declara "extender los efectos de la sentencia de 30/09/2015 citada, recaída en autos principales del presente recurso, en su pronunciamiento segundo; y en su virtud se reconoce el derecho que asiste a la parte promotora del incidente a ser afiliada y dada de alta con carácter retroactivo en el Régimen General de la Seguridad Social desde el día 2 de mayo de 1988 al 10 de agosto de 1988 y desde el 29 de octubre de 1988 al 31 de julio de 1990, sin imposición de costas".
STAJ Canarias informa que han presentado más demandas de extensión de efectos, poniendo los servicios jurídicos a disposición del único colectivo al que representamos, que son los funcionarios de la Administración de Justicia.