El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que desarrolla el Estatuto de la Víctima del Delito y regula las Oficinas de Asistencia a las Víctimas con el fin de asegurar su protección y garantizar plenamente sus derechos. Este Real Decreto establece un marco asistencial mínimo, gratuito y confidencial a través de un servicio prestado de forma homogénea en todo el Estado.
Para lograr estos objetivos se desarrollan los derechos de las víctimas a ser informadas, a recibir una adecuada asistencia y apoyo y a obtener medidas de protección específicas según sus necesidades individuales.
Para conseguir una homogeneidad en todo el territorio nacional, la atención a las víctimas se canalizará a través de las distintas Oficinas de Asistencia a las Víctimas como unidades dependientes del Ministerio de Justicia o de las CCAA con competencias asumidas sobre la materia. Los servicios proporcionados por estas Oficinas se basan en una asistencia profesional multidisciplinar, mediante gestores procesales que acompañen a las víctimas durante el proceso penal.