Ante la duda de cuál es el momento en el que hay que presentar la documentación que acredita el conocimiento de lengua oficial propia, y ante la ambigüedad que relata el texto de la convocatoria, os pasamos a hacer la siguiente aclaración.
Los aspirantes que concurran por el turno libre y por un ámbito territorial correspondiente a comunidades autónomas con lengua oficial propia, y que opten por acreditar documentalmente el conocimiento de dicha lengua, una vez se hagan públicas en la página web del Ministerio de Justicia las relaciones de aprobados de cada ámbito territorial que han superado la fase de oposición, aportarán en el plazo de diez días hábiles las certificaciones acreditativas correspondientes en la sede del Tribunal Delegado competente.
Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna, en la misma resolución en la que se hagan públicas las relaciones de aprobados de la fase de oposición, se establecerá un plazo de veinte días naturales para presentar en el Registro General del Ministerio de Justicia toda la documentación acreditativa, en original o fotocopia compulsada, de los méritos a valorar en la fase de concurso, así como las certificaciones acreditativas del conocimiento de la lengua propia de la correspondiente comunidad autónoma.