El pasado mes de mayo de 2014 publicamos que nuestros servicios jurídicos habían ganado una sentencia en relación al cómputo del permiso extraordinario para funcionarios en prácticas y sus efectos económicos y administrativos. Al final de la información decíamos que existían más casos con recurso interpuesto pendiente de sentencia, y por este motivo "...intentaremos que la Administración reconozca su error y lo rectifique, sin necesidad de llegar a nuevas sentencias con más condenas en costas que habrá de pagar la Administración con dinero público de todos los ciudadanos".
Pues bien, STAJ ha intentado hasta en dos ocasiones, entrevistándose con el Secretario General Provincial de Córdoba, que la Administración reconozca la pretensión de una funcionaria en idéntica situación sin tener que esperar, dada la lentitud de la justicia, a que se dicte sentencia, evitando de esta manera otra posible condena en costas a la Administración.
La sentencia, ya notificada, ha vuelto a dar la razón a STAJ, declarando la nulidad de la resolución de la delegación del gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba, estimando nuestras pretensiones y condenando a la Administración al pago de las retribuciones solicitadas, más sus intereses legales, y las costas del presente recurso.