Los recibos de la nómina de los trabajadores deberán incorporar la aportación del empleador -en nuestro caso la Administración de Justicia- a la Seguridad Social, según consta en la Orden Ministerial publicada el 11 de noviembre en el BOE.
Esta Orden Ministerial se dicta en desarrollo del artículo 104 de la LGSS. Esta novedad será para los compañeros que están en el RGSS, que en nuestro ámbito laboral son los funcionarios interinos (que están en dicho régimen a todos los efectos) y los titulares que entraron a partir del 1 de enero de 2011, que están en el RGSS a los únicos efectos de jubilación.
En estos casos, en la nómina se deberá incluir también las aportaciones que hace el empleador -la Administración de Justicia- a la SS por los trabajadores, no solo las aportaciones que hace el propio trabajador (que esas ya vienen recogidas). Hasta ahora, en la nómina solo aparece la base de cotización y el tipo de retención correspondientes a la aportación del trabajador, pero no la aportación del empleador.
El empleador dispone de 6 meses para adaptar la nómina a esta nueva normativa, y a la espera de ver cómo lo hacen de forma concreta, casi seguro que en la nómina aparecerá más salario en "bruto", pero eso no significa que hayan subido el salario, sino que aparece la cantidad que el empleador cotiza por los trabajadores y que hasta ahora estaba oculto. El neto seguirá siendo igual, sin perjuicio de ver cómo nos afecta la bajada de IRPF que operará a partir del 1 de enero de 2015 o de aquellos que cumplan un trienio más.
Para el caso de los compañeros que están encuadrados en MUGEJU y en Clases Pasivas, en teoría no cambia nada, puesto que la norma únicamente se refiere al RGSS.