jueves, 8 de agosto de 2013

La LSP crea la diferencia entre "abogado" y "asesor jurídico sujeto a vínculo de naturaleza laboral"

Ante la aprobación el pasado viernes 2 de agosto por el Consejo de Ministros del Anteproyecto de Ley de Colegios y Servicios Profesionales, y a la espera de estudiar con detalle el texto de esta propuesta, el Consejo General de la Abogacía Española muestra su más rotundo rechazo al intento de dividir esta profesión jurídica entre abogado y asesor jurídico sujeto a vínculo de naturaleza laboral, actividad que no precisará de la colegiación obligatoria para su ejercicio profesional.

El Consejo General de la Abogacía Española censura la falta de interlocución real entre el Ministerio de Economía y Competitividad y las instituciones colegiales para la elaboración del anteproyecto de la LSP, que introduce confusión en numerosos problemas, crea problemas que no existían, instaura el poder de intervención de la Administración central, invade competencias autonómicas y recorta grave e innecesariamente la autonomia e independencia de las organizaciones colegiales.