Sólo en los seis primeros meses del año, los tribunales ya han emitido casi tantas sentencias civiles sobre swaps -productos derivados que son básicamente compromisos de cobro o pago a futuro- como durante todo el año anterior. Así, del 1 de enero al 30 de junio, los jueces dictaron exactamente 200 fallos por demandas presentadas por afectados por supuestas irregularidades en la comercialización de estos complejos productos bancarios, según los datos del Cendoj, la base de jurisprudencia del CGPJ.
Y la tendencia es que siga creciendo, como demuestra el hecho de que en los primeros nueve días del pasado mes de julio se hubieran dictado ya otras dos. Cifras muy elevadas sobre todo cuando se comparan con periodos anteriores. Así, en todo 2011 se emitieron 215 sentencias. En 2010, fueron 45 . En 2009, siete. En 2008, dos. En 2007, sólo una.
Además, el incremento del número de sentencias no es el único elemento característico de la actuación de la justicia ante las demandas por swaps. La otra es que un porcentaje mayoritario de los fallos terminan dando la razón a los afectados con dos argumentos que se repiten: las entidades financieras no explicaban bien a sus clientes los riesgos de este complejo producto financiero que liga su rentabilidad a la cotización en bolsa de determinadas empresas y, además, las víctimas no tenían conocimientos suficientes para entender la inversión.