lunes, 8 de junio de 2015

La Fiscalía ya no controlará la duración de la investigación judicial

El Ministerio Público ya no será la única parte que podrá solicitar prórrogas al plazo para las instrucciones, de seis meses para procedimientos sencillos y de 18 para los complejos con posibilidad de ampliarlo hasta los 36, en virtud del nuevo Proyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal. El PP ha aprobado en la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados una transaccional junto a CiU en la que amplían al resto de personados en el procedimiento la posibilidad de pedir una ampliación del tiempo.

La Ley de Enjuiciamiento mantiene, sin embargo, que no podrá ser el juez, de oficio, quien ordene la ampliación del plazo necesario para instruir. Los nuevos plazos sustituyen "al inoperante plazo de un mes", previsto en la actual Lecrim para la instrucción de los procedimientos, por plazos "realistas", transcurridos los cuales se deberá decidir si se continúa el procedimiento en fase intermedia o se dicta el sobreseimiento libre o provisional.

Es decir, si a la finalización del plazo máximo de 18 meses para causas complejas el fiscal, el resto de acusaciones o las defensas no solicitan la prórroga de las actuaciones, el juez se verá obligado a elevar la causa para su enjuiciamiento o a archivarla.