lunes, 16 de marzo de 2015

La nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal cambia 'imputado' por 'investigado' y fija plazos en la instrucción

La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim), que ha aprobado el pasado viernes el Consejo de Ministros, introduce una modificación del término judicial "imputado" que pasará a denominarse "investigado" en una primera fase y "encausado" si se mantiene la acusación a medida que avanza la instrucción. La norma también establece plazos para la investigación de las causas.

El Ejecutivo ha avalado dos Proyectos de Ley -uno de Ley Orgánica y otro de Ley Ordinaria- que modifican la Lecrim con el objetivo de "agilizar la justicia penal, fortalecer las garantías procesales del investigado, establecer un nuevo marco procesal del decomiso y regular las medidas de investigación tecnológica", ha indicado el Ministerio de Justicia.

El Proyecto de Ley, que será remitido ahora a las Cortes para el trámite parlamentario, mantiene los plazos que ya figuraban en el anteproyecto aprobado el pasado mes de diciembre. Así se prevé un período ordinario de seis meses de instrucción en causas sencillas y de 18 en complejas, con la posibilidad de prorrogarlo hasta los 36 meses.

La Lecrim aporta también novedades en las medidas de investigación tecnológica. Se amplía la interceptación de comunicaciones -que afectará a WhatsApp, SMS, escuchas ambientales- con la autorización judicial valorando principios de especialidad, excepcionalidad, idoneidad y proporcionalidad.