A partir del 1 de febrero de 2014 todas las transferencias y adeudos directos (domiciliaciones bancarias) se realizarán de acuerdo con las reglas de la Zona única de pagos en Euros (SEPA). Desde ese momento, tal y como establece el Reglamento UE 260/2012, los usuarios de los servicios bancarios deberán utilizar el código IBAN (Código internacional de Cuenta Bancaria), para identificar su cuenta, en lugar del actual código CCC (Código cuenta Cliente).
Esta modificación solo implica añadir cuatro posiciones al código usado tradicionalmente: dos para identificar el país donde la cuenta está radicada (ES en el caso español) y dos dígitos de control. Todas las entidades facilitan ya a sus titulares el número de cuenta en formato internacional, así como su código internacional de entidad (BIC), caso de que fuera necesario.
La Mutualidad General ya ha iniciado el proceso de adaptación de todos los modelos de solicitud de las diversas prestaciones, que estará finalizado antes del citado 1 de febrero de 2014, de forma que, en el apartado en el que el mutualista facilita los datos de la cuenta corriente, en la que desea recibir la transferencia, se recojan los campos necesarios para facilitar el código IBAN.