El Ministerio de Justicia ha elaborado un protocolo para dar cobertura a la necesidad de inscripción y autorización de los enterramientos en horario de tarde en virtud de lo decretado mientras dure el estado de alarma.
Mediante ese protocolo, se posibilita tanto la solicitud telemática como la inscripción y expedición de la licencia, también de forma telemática, de modo que la prestación del servicio podrá hacerse en régimen de disponibilidad.
Aunque no se han acogido todas las aportaciones realizadas por STAJ al documento, cuyo borrador nos había sido entregado el día anterior, sí que se ha recogido que en horario de tarde y durante dos fines de semana, las licencias podrán expedirse por el juzgado de guardia (salvo donde haya más de un Registro Civil exclusivo), con posterior inscripción de la defunción en el Registro Civil correspondiente. Algo que consideramos vital, para así permitir que la asistencia y disponibilidad del personal del Registro Civil en ese horario no sean necesarias en la mayoría de los casos, especialmente para los Juzgados de Paz, dadas las dificultades que éstos iban a tener por su escasez de medios y mínima dotación de personal.
En definitiva, con esta norma, además de la solicitud, inscripción y licencia por medios telemáticos, se posibilita que no sea necesario que el personal deba permanecer en los registros civiles en horario de tarde, tal como parecía que iba a suceder tras la publicación de la orden del Ministerio de Sanidad.
En el siguiente enlace podéis acceder al protocolo, que ya está siendo enviado a todos los registros civiles (junto con los modelos necesarios y listados de correos electrónicos), y que empezará a ponerse en funcionamiento a partir del próximo lunes día 30 de marzo.