La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha acordado que las comparecencias apud-acta acordadas en procedimientos penales deben quedar suspendidas con carácter general durante el tiempo de vigencia del estado de alarma decretado por el Gobierno.
Sólo en casos excepcionales, cuando entiendan que existen riesgo de ocultación o fuga, los jueces podrán acordar el mantenimiento de la comparecencia apud-acta. En esos casos, el juez deberá comunicarlo al juzgado de guardia del lugar donde haya de celebrarse la comparecencia, así como al propio interesado.
La celebración de este tipo de comparecencias deberá realizarse, en todo caso, evitando en la medida de lo posible la presencia física y empleando medios alternativos como llamada telefónica, correo electrónico o notificación a la representación procesal o defensa del investigado.