El BOE ha recogido el sábado día 17 la Ley Orgánica 15/2015, de 16 de octubre, de reforma de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, para la ejecución de las resoluciones del Tribunal Constitucional como garantía del Estado de Derecho.
La norma detalla un régimen específico de actuación para los supuestos en que alguien no ejecute las sentencias del TC, que "velará por el cumplimiento efectivo de sus resoluciones". "Podrá disponer en la sentencia, o en la resolución, o en actos posteriores, quién ha de ejecutarla, las medidas de ejecución necesarias y, en su caso, resolver las incidencias de la ejecución", se añade.
A partir de ahora, el Tribunal solicitará un informe a quienes deban cumplir cada resolución y, si se agota el plazo sin que sea ejecutada, podrá imponer multas de 3.000 a 30.000 euros e incluso acordar la suspensión en sus funciones de las autoridades o empleados públicos que no cumplan".