miércoles, 9 de diciembre de 2015

Entró en vigor la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal entró en vigor el día 7 de diciembre, dos meses después de su publicación en el BOE. La nueva norma introduce cambios como los límites a la instrucción judicial, las medidas contra la "pena de telediario" o el cambio del término "imputado" por el de "investigado". Estas son las novedades principales que aporta:

Límites para la instrucción judicial. Prevé un período ordinario de seis meses para la instrucción de causas sencillas y de 18 para las complejas, con la posibilidad de prorrogarlo hasta los 36 meses. La ampliación del plazo puede ser solicitada por el fiscal y, en casos excepcionales, por otras partes personadas, pero no por el juez de instrucción.

Las macrocausas se trocean. La reforma quiere acabar con las macrocausas con decenas de imputados. Para evitarlas incorpora un sistema -"la regla de conexidad"- que favorece su separación en distintas piezas, con la intención de reducir los tiempos de instrucción.

Atestados sin autor conocido. Los atestados policiales sin autor conocido no provocarán la apertura de diligencias judiciales.