El Tribunal Supremo reconoce en una sentencia el derecho de las mujeres que estén próximas a dar a luz a lograr de los tribunales de oposición las condiciones que hagan efectiva la igualdad en las condiciones de acceso a las pruebas para lograr una plaza pública. Se reconoce este derecho a una mujer que tuvo su hijo un día antes de la fecha fijada para la prueba de obtención de una plaza de enfermería en 2008 y que pidió sin éxito poder hacer el examen en su domicilio o en el hospital.
La sentencia del Supremo señala que tanto el derecho de acceder a cargos públicos en condiciones de igualdad (artículo 23.2 de la Carta Magna) como la prohibición constitucional de discriminación por razón de sexo (artículo 14) "se proyectan sobre la maternidad", también protegida por las previsiones del artículo 61.1 del Estatuto Básico del Empleado Público y por la propia doctrina del Tribunal Constitucional.