El Tribunal Supremo ha dictado sentencia en la que se reconoce el derecho de los compañeros del Cuerpo de Gestión que están habilitados por el Secretario Judicial para la realización de funciones, al cobro de 4 puntos por realizar funciones conjuntas a las de su propio Cuerpo.
Esta sentencia afecta a los compañeros que están destinados en los Registros Civiles y que están habilitados para la realización de determinadas funciones registrales.
Esta sentencia afecta a los compañeros que están destinados en los Registros Civiles y que están habilitados para la realización de determinadas funciones registrales.