La reforma de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita prevé que las personas que cumplan los requisitos para utilizar este servicio, lo puedan hacer un máximo de tres veces al año, salvo que se acredite que no hay abusos. Este principio no regirá para la vía penal, que no tendrá un tope de utilización, según informaron fuentes del Gobierno. Toda esta reforma está supeditada a alcanzar un acuerdo con las Comunidades Autónomas.
En el borrador que ha redactado el Ministerio de Justicia para modificar la citada norma, incluye una serie de medidas que limitan la utilización de este servicio aplicando la presunción del 'iuris tantum', según el cual se aplicará una presunción de abuso para todas aquellas solicitudes que excedan de tres al año, salvo que se acredite que hay un legítimo derecho por concurrir razones especiales.
Además, si el ciudadano que ha utilizado ya en tres ocasiones un abogado de oficio es demandado, podrá volver a recurrir a la justicia gratuita si reúne los requisitos para ello. Esta limitación se aplicará a los procedimientos civiles, contenciosos y en la jurisdicción social, pero no se aplicará en la jurisdicción penal, para la que no se establecen topes de utilización.