En la página web de MUGEJU se ha publicado nota recordatoria sobre trabajos temporales y esporádicos de los beneficiarios, en la que se indica lo siguiente:
Conviene recordar que el derecho a la asistencia sanitaria, por el Sistema Público de Salud, se genera en el momento en que se inicia una actividad que supone el alta, como titular, en el Régimen General de la Seguridad Social o cualquiera de sus Regímenes Especiales, independientemente de las características del contrato de trabajo, o del acuerdo que fija las condiciones laborales y de salarios. Figurando estos trabajadores en alta como asegurado en el fichero BADAS (base de datos del derecho a la asistencia sanitaria) gestionado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Por ello, si un beneficiario de un mutualista de MUGEJU comienza una actividad laboral que le genera el derecho figurar de alta en el fichero BADAS, el mutualista deberá solicitar la baja de su beneficiario presentando el modelo normalizado A-5 Baja de beneficiarios. Este modelo de solicitud lo pueden encontrar en la página de MUGEJU, y la pueden presentar en su Delegación provincial, en la Oficina de Información de los Servicios centrales de la Mutualidad, por correo postal o a través del portal del mutualista.
Por ello, si un beneficiario de un mutualista de MUGEJU comienza una actividad laboral que le genera el derecho figurar de alta en el fichero BADAS, el mutualista deberá solicitar la baja de su beneficiario presentando el modelo normalizado A-5 Baja de beneficiarios. Este modelo de solicitud lo pueden encontrar en la página de MUGEJU, y la pueden presentar en su Delegación provincial, en la Oficina de Información de los Servicios centrales de la Mutualidad, por correo postal o a través del portal del mutualista.