En el Real Decreto Legislativo 5/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), se han añadido dos nuevas Disposiciones Adicionales como son:
- La Disposición Adicional decimoquinta, que establece la creación de un Registro de Organos de Representación del Personal de la Administración Pública. En ese registro será objeto de anotación, entre otras cuestiones, la creación, modificación o supresión de secciones sindicales, los miembros de dichos órganos y delegados sindicales, los créditos horarios, sus cesiones y liberaciones sindicales.
- La Disposición Adicional decimosexta, que establece la posibilidad de crear un permiso retribuído para las funcionarias en estado de gestación a partir de la semana 37. En el supuesto de gestación múltiple, este permiso podrá iniciarse el primer día de la semana 35 de embarazo, hasta la fecha de parto.
Además, se han modificado otras dos Disposiciones Adicionales, como son la Disposición Adicional decimotercera y la decimocuarta, para introducir, a través de ellas, la posibilidad de establecer días adicionales de vacaciones y asuntos propios por antigüedad, y volver a la situación anterior al año 2012 en el que se suprimió esa posibilidad, algo que ya se ha puesto en práctica este mismo año 2015.
El nuevo EBEP mantiene el mismo número de artículos, 100 artículos. Se procede a eliminar aquellos con numeración duplicada, como por ejemplo el artículo 82 sobre movilidad por razón de violencia de género y artículo 82 bis sobre movilidad por razón de violencia terrorista, cuyos contenidos han sido refundidos en el vigente artículo 82. El resto de artículos mantiene la numeración y título.