En la página web del Ministerio, se ha colgado el borrador de la Orden de Convocatoria, Anexo II de instancia y el Anexo IV de alegaciones, que se publicarán en el BOE el día 7 de julio de 2017.
En ese borrador de la convocatoria se establece que:
"Todos los funcionarios que participen en el presente concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio, a nivel nacional, deberán de rellenar la solicitud por medios telemáticos entrando en el Portal del Ministerio de Justicia, en la siguiente dirección: www.mjusticia.gob.es/CIUDADANOS/Empleo público/Concursos de traslados/CONCURSO DE TRASLADOS ORDINARIO GESTION, TRAMITACION Y AUXILIO 2017. Una vez que hayan entrado en dicha página pulsarán en el enlace que aparece en la misma con el nombre "G.T.A. Concurso de traslados", y el sistema les guiará en la confección de la solicitud siguiendo las instrucciones que se les irá indicando.Con ello se conseguirá el objetivo de evitar errores en la transcripción de los códigos, puesto que los datos grabados por el concursante quedarán automáticamente almacenados en el sistema informático.Los concursantes deberán presentar el modelo de instancia en el impreso definitivo generado por el asistente informático, no el borrador, ya que éste no tendría validez. Dicha presentación se realizará por el sistema ordinario, de acuerdo con lo especificado en los puntos 1 al 7 de la presente Base.Si alguno de los solicitantes quisiera modificar una solicitud ya confirmada, dentro del plazo de presentación de solicitudes, podrá volver a generar y confirmar una nueva solicitud a través del asistente, debiendo presentarla según los puntos 1 a 7 de esta Base aludidos anteriormente.No serán admitidas aquellas solicitudes que no se hayan confeccionado telemáticamente con dicho asistente de inscripción".
Es decir, la novedad de este año es que obligatoriamente se ha de realizar la solicitud telemáticamente a través del Portal del Ministerio de Justicia, pero la presentación de la solicitud grabada y posteriormente impresa y firmada, se ha de realizar de la misma forma que en años anteriores, ya sea en Gerencias, registros, correos, etc.