El Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado por unanimidad el recurso que presentó el Colegio de Periodistas contra un acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 14 de enero de 2014 que limitó la libertad de que los medios de comunicación disfrutaban hasta entonces para deambular por las dependencias de los órganos judiciales en Cataluña.
El acuerdo de Sala de Gobierno del TSJ prohibió el acceso de las cámaras de televisión en los pasillos de las sedes judiciales, una decisión que fue muy contestada por los periodistas que cubren la información judicial. La medida fue recurrida por la vía de lo contencioso-administrativo.
Tras su deliberación, la Sala Tercera del alto tribunal, reunida en Pleno, establece que las limitaciones realizadas por el órgano de gobierno del TSJ no conculcan el derecho a la información, como argumentaban los recurrentes.