sábado, 31 de mayo de 2014

Las tasas judiciales catalanas no se aplicarán a ciudadanos y pequeñas empresas

Los representantes del Consejo de la Abogacía Catalana, del Consejo de Colegios de Procuradores de Cataluña y el departamento de Justicia de la comunidad autónoma han acordado excluir a los ciudadanos, personas físicas, y a las pequeñas empresas de la aplicación de la tasa para la prestación de servicios personales y materiales en el ámbito de la Administración de Justicia.

Este acuerdo ha sido posible después de semanas de negociaciones, a raíz de la sentencia del Tribunal Constitucional que avaló la aplicación de la tasa catalana. Se contempla también la ampliación de los supuestos que quedarán exentos del pago de la tasa. Estos supuestos son las demandas de ejecución, las reconversiones y las solicitudes de concurso.

Asimismo, a petición de los operadores jurídicos, el departamento de Justicia ha acordado mantener la aplicación de un descuento del 25% para favorecer la presentación telemática de demandas.

Las partes han llegado al acuerdo de mantener el mínimo de 60 euros y el máximo de 120 euros en la aplicación de la tasa catalana, muy lejos de los importes que suponen las tasas judiciales impuestas por el Estado y que, en algunos casos, pueden llegar a los 10.000 euros.