La idea de la introducción de Tribunales Provinciales de Instancia en nuestro sistema de organización judicial se ha planteado en ocasiones anteriores, si bien el texto la acoge y proyecta más lejos que propuestas previas. (...) Con ello se pretende alcanzar las ventajas que una completa provincialización de la Administración de Justicia traería consigo y que son las que se derivan de las economías de escala -mensurables en términos de medios personales y materiales, tiempo, etc.
(...) El anteproyecto asume acrítica e ingenuamente la bondad del modelo al aducir que sus beneficios son "mensurables en términos de medios personales y materiales, tiempo, etc". Ahora bien, no consta que se hayan practicado estudios previos al respecto, ni que se hayan tenido en cuenta las grandes diferencias entre la fabricación de productos y el dictado de resoluciones judiciales. Un juzgado no es una fábrica ni el aumento del número de sentencias o autos es un objetivo deseable, si no va acompañado de una mayor calidad de la Justicia.
(...) Sea como fuere, llama la atención la falta de rigor científico de los autores del anteproyecto. Parecen desconocer la diferencia entre las economías "externas" e "internas" de escala, esto es, las que se refieren, respectivamente, al tamaño de la industria o de las empresas.
La distinción es importante, ya que el primer enfoque incidiría sobre el aumento de unidades judiciales, mientas que el segundo sobre los medios de cada una de aquéllas. Semejantes imprecisiones, a la postre, no vienen sino a demostrar que se manejan sin rigor técnico unos conceptos que apenas se comprenden para, a la postre, ocultar la circunstancia de que no se pretende mejorar la dotación presupuestaria en Justicia. Dado que, pese a ello, se confía en aumentar la "productividad", es de temer que lo que busque es redoblar la ya aplastante carga de trabajo que soportan los jueces en nuestro país. Es un caso típico de "agenda oculta".