viernes, 29 de marzo de 2024

IRPF: El incremento salarial derivado de la revisión del PIB se ha de incluir en la declaración del próximo año

La Agencia Tributaria ha publicado en su página web una nota informativa, según la cual los incrementos retributivos aplicados como consecuencia del artículo 19.Dos.2.b, de la Ley 31/2022 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 (0,5% por revisión del PIB), tienen la condición de ingreso del año 2024, por lo que deberán incluirse en la declaración de IRPF del año 2024 -a presentar en 2025-, no en la de 2023.