Ayer martes 13 de febrero tuvo lugar en el Congreso el debate y votación sobre la toma en consideración de la proposición de ley de modificación de la Ley del Registro Civil. El resultado de la votación ha sido el rechazo a esa toma en consideración, habiendo votado a favor el Grupo Parlamentario Popular, absteniéndose el Grupo de Ciudadanos y algunos representantes del Grupo Mixto, y oponiéndose PSOE y PODEMOS. En resumen, 134 votos a favor, 161 en contra y 47 abstenciones. AQUI el resultado de la votación.
En la página web del Congreso podéis ver las intervenciones de cada uno de los representantes de los grupos políticos.
Desde STAJ no entendemos el rechazo a la toma en consideración, y quienes lo han hecho deberán explicarlo ante la opinión pública y ante los funcionarios de Justicia que van a verse seriamente afectados por esta decisión. Aunque la proposición de ley es mejorable en muchos aspectos, lo cierto es que apostaba por el mantenimiento de la estructura actual, con misma plantilla y mismas oficinas, manteniendo los Juzgados de Paz, despejando las incertidumbres sobre el futuro de los puestos de trabajo y las oficinas registrales.
Y no entendemos el rechazo porque precisamente en este trámite no se trataba más que de iniciar el curso de los debates parlamentarios sobre esta reforma, lo que implica la posibilidad de introducir enmiendas que incidieran en mejorar el carácter público y gratuito del Registro Civil, e incluso la recuperación de competencias que en los últimos tiempos se han encomendado a otros colectivos, en materia de nacionalidades o celebración de matrimonio civil, fundamentalmente, desnaturalizando la naturaleza gratuita del servicio.
La situación a partir de ahora es de incertidumbre, porque no debemos olvidar que la Ley de 2011, en su redacción actual, aprobada en su día con consenso de todos los grupos parlamentarios, contra la que STAJ ha mantenido, prácticamente en solitario al principio (ahora todos se apuntan...), su rechazo absoluto en cuanto a lo que supone de desmantelamiento del Registro Civil como servicio encuadrado dentro de la Administración de Justicia, ya que:
- En la Ley de 2011 se crean unas pocas oficinas registrales, desapareciendo totalmente las competencias de los juzgados en materia de Registro Civil.
- Los encargados de los Registros Civiles no serán los jueces, pero tampoco los Letrados, aunque exista la posibilidad de que éstos puedan ejercer ese cargo, pero no como función propia de este Cuerpo, sino pasando a prestar servicios en otra Administración.
- Los funcionarios destinados en Registros Civiles perderán sus puestos de trabajo, ya que las oficinas registrales actuales desaparecen totalmente, quedando a éstos únicamente la posibilidad de ocupar con carácter preferente por una sola vez, algunos puestos de trabajo de las futuras oficinas registrales, pero en todo caso pasando a situación de prestación de servicios en otra Administración, y teniendo en cuenta que las Relaciones de Puestos de Trabajo serán competencia de las CCAA y que el número de puestos se reducirá enormemente, en comparación con la plantilla actual.
- En definitiva, los funcionarios de Justicia titulares serán reordenados a otros puestos de trabajo, donde los haya, y los interinos cesados, perdiéndose miles de puestos de trabajo en la Administración de Justicia.
- Desaparece una de las principales funciones que tienen los Juzgados de Paz, por lo que el riesgo de que éstos desaparezcan es hoy, más que nunca, una realidad.
A pesar de todo, desde STAJ continuaremos luchando por el mantenimiento del Registro Civil dentro de la Administración de Justicia, con su estructura y demarcación actuales, servido enteramente por funcionarios de Justicia, como servicio público y gratuito y con plenas competencias, manteniendo los Juzgados de Paz. Eso sí, cada vez nos lo ponen más difícil.