Esto es para todos los aprobados de todos los ámbitos, o sea, que los aprobados sea cual sea su ámbito tienen que presentar al Ministerio toda esa documentación. Para esto han dado un plazo de veinte días hábiles.
En cuanto a las solicitudes de destino, que hay que dirigir al ámbito por el que se haya aprobado (a Ministerio o CCAA), según el Anexo II que publican las órdenes o resoluciones de cada ámbito, el plazo que dan es de ocho días hábiles.
Por tanto, recomendamos a todos que presenten tanto la documentación que se dirige al Ministerio, como la que se dirige a las CCAA, en el plazo de ocho días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación, es decir, desde el lunes incluído. Así le dará tiempo al Ministerio a dictar la resolución de nombramiento y adjudicación de destinos antes de que acabe el año 2020.