Por la Dirección General de Justicia del Gobierno de Cantabria se dictó la resolución de 7 de junio de 2020, por la que se adaptan los criterios de aplicación de la fase 3 contenidos en el anexo de la Orden JUS/504/2020, de 5 de junio, por la que se activa la fase 3 del Plan de Desescalada para la Administración de Justicia ante el covid-19, en cuyo apartado primero número 3, se establece la realización de funciones mediante teletrabajo.
Habiendo transcurrido tres meses desde la finalización del estado de alarma y no existiendo regulación posterior en materia de teletrabajo aplicable a la Administración de Justicia en Cantabria, el director general de Justicia dicta ahora la resolución de 21 de septiembre de 2020, por la que se prorroga lo dispuesto en la citada resolución de 7 de junio de 2020, hasta el 31 de octubre de 2020.