Contra la presente resolución, así como contra los actos resultantes de la misma, podrán los interesados interponer recurso de alzada ante la directora general para el Servicio Público de Justicia, en el plazo máximo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el portal institucional del Ministerio de Justicia.
STAJ y el resto de sindicatos que formamos la mayoría de representación sindical no estamos conformes con la corrección publicada, al seguir existiendo errores y valoraciones incorrectas. Se celebró reunión el pasado día 3 de abril, donde trasladamos que existían en los listados datos erróneos, y donde también exigimos que se excluyeran a las personas ya jubiladas que seguían figurando, a pesar de haber remitido los datos para que no constaran en los listados. La Gerencia de Organos Centrales se ha negado a todas las peticiones realizadas.