Lo que queremos es poner sobre la mesa que una regulación no puede dejar en desequilibrio unos Cuerpos frente a otros y que es nuestra responsabilidad buscar los mecanismos para que esas situaciones sean lo más equitativas posibles, por lo tanto, lo que hemos solicitado en dicho escrito es la inclusión y regulación de las sustituciones horizontales, de manera que la oferta de plazas sin titular por razones temporales, se convoque con ciertos cambios, siendo lo primario la oferta a través de sustitución horizontal y subsidiariamente y para el caso de que no se cubra, mediante sustitución vertical. De esta manera conseguimos dar prioridad al Cuerpo de pertenencia, mayor igualdad en el régimen de sustituciones, dejar igualmente abierta la posibilidad de movimiento existente, pero ampliando a más Cuerpos que actualmente no lo pueden hacer.