No obstante, en el caso del Cuerpo de LAJ, su régimen retributivo está desarrollado de forma más concreta por el Real Decreto 2033/2009, o el Real Decreto 1130/2003, dependiendo de si se prestan servicios en partidos judiciales donde se ha implantado, o no, la Nueva Oficina Judicial. Es decir, que para que el acuerdo se pueda aplicar al Cuerpo de LAJ hay que modificar esos reales decretos. Es por ello que en el próximo Consejo de Ministros del día 1 de febrero de 2022 se aprobará la modificación de los citados reales decretos, de forma que el aumento salarial para el Cuerpo de Letrados de Justicia se hará efectiva.
Recordamos que el incremento para el Cuerpo de LAJ es de 195 euros al mes, con carácter retroactivo desde el día 1 de enero de 2021, con los mismos porcentajes que para el resto de Cuerpos incluídos en el acuerdo; el 65% de esa cantidad durante el año 2021 (con carácter retroactivo desde el día 1 de enero de 2021), el 85% durante el año 2022, y el 100% de la cantidad en el año 2023.