Se ha publicado en el BOE el acuerdo de 23 de junio de 2021, de la Comisión Permanente del CGPJ, por el que se atribuye a determinados juzgados, con competencia territorial indicada para cada uno de los casos, de manera exclusiva y excluyente o no excluyente, según los casos, el conocimiento de la materia relativa a las acciones individuales sobre condiciones generales incluídas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física.
En Cantabria, se atribuye al Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Santander, de manera exclusiva y excluyente, con efectos desde el 1 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2021.