El Ministerio de Justicia dictó durante el mes de julio varias resoluciones (sustituciones y planes de actuación de LAJs y RPT Badajoz) que han sido aprobadas sin haber sido negociadas en la Mesa de negociación específica de la Administración de Justicia, prevista en la disposición adicional duodécima del TREBEP para la negociación colectiva de todas las cuestiones que afecten específicamente al personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia y que, por tanto, es la única competente para ello.
Según parece, estas resoluciones han sido sometidas a la Mesa General de la Administración General del Estado (a la que STAJ no pertenece, por ser específico de Justicia), a través de una "mesa delegada" constituída en el Ministerio de Justicia. Esa mesa, según entendemos, únicamente es competente para la negociación de cuestiones comunes al personal funcionario y laboral, pero no para aquellas que afectan de forma exclusiva a personal funcionario, como es el caso de los Letrados de la Administración de Justicia y las relaciones de puestos de trabajo de las oficinas judiciales. Por ello hemos presentado recursos contra estas resoluciones, con objeto de que sean negociadas donde corresponde.