La incorporación como personal al servicio de la Administración de Justicia conlleva la afiliación obligatoria a la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), que tiene como finalidad gestionar y prestar de forma unitaria para todos los miembros de las carreras, cuerpos y escalas de la Administración de Justicia, para los funcionarios en prácticas al servicio de dicha Administración y para los letrados de carrera que integran el Cuerpo de Letrados del Tribunal Constitucional, los mecanismos de cobertura del Sistema de Mutualismo Judicial establecidos en el texto refundido de las disposiciones legales vigentes sobre el Régimen especial de Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de Justicia.
De acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el alta en MUGEJU del personal funcionario de nuevo ingreso se realizará a través de medios telemáticos, evitando así la presentación de impresos en soporte papel.