El Ministerio nos ha dicho lo que en parte ya sabemos, que la ley se está tramitando en el Parlamento y que previsiblemente quede aprobada a finales de año o lo más tardar en enero. También nos comunica que la idea es que la implantación de los Tribunales de Instancia con sus respectivas Unidades Procesales de Tramitación, así como la transformación de los Juzgados de Paz en Oficinas de Justicia en el municipio tendrá lugar en el plazo de tres, seis o doce meses, según el tipo de partido judicial, a partir de la entrada en vigor de la ley.
También dice el Ministerio que las relaciones de puestos de trabajo de las diferentes unidades de oficina judicial (Unidades Procesales de Tramitación, Servicios Comunes Procesales) y Oficinas de Justicia en el municipio serán negociadas en esos plazos, pero en realidad no da ninguna garantía de que será así y de hecho las disposiciones transitorias establecen la transformación automática de las plantillas actuales de juzgados y tribunales en las futuras Unidades, si no se produce esa negociación en los plazos marcados.
De todo lo anterior, lo único que nos queda claro es que se confirma la nula voluntad del Ministerio para negociar las leyes de eficiencia organizativa, a lo que estaba obligado por ley y por recogerse en el acuerdo de diciembre de 2021.