Se ha publicado en el BOE la resolución de 5 de marzo de 2025, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se modifica la de 5 de diciembre de 1996, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios en el ámbito de la Administración de Justicia.
La modificación afecta al punto 16 del apartado séptimo, que queda redactado como sigue:
"16. Normas comunes. e) Al término del servicio de guardia ordinaria, los funcionarios que lo hubieren prestado podrán dejar de asistir a la oficina el propio día de conclusión de la guardia o dentro de los tres días laborales siguientes en los mismos supuestos reconocidos a los Letrados de la Administración de Justicia"