Las valoraciones para la fase concurso de méritos de los apartados C (calificaciones de ejercicios en procesos anteriores) y D (servicios prestados en la Administración del Estado) serán aportadas de oficio por parte de la Administración, por lo que no será necesario que las personas opositoras soliciten certificaciones de dichos apartados.
Por lo que respecta al apartado A (títulos y grados académicos), dichas titulaciones serán consultadas en las bases de datos del Ministerio de Educación, por lo que tampoco será necesario adjuntar los justificantes.
Todo ello siempre y cuando las personas opositoras no hayan marcado la casilla correspondiente en el formulario de inscripción por la que se deniega la autorización a la Administración para la consulta de sus datos.
En el caso de que la información proporcionada por la Administración no coincida con la que obra en poder de las personas opositoras, una vez publicadas las listas provisionales de méritos, se abrirá un plazo de alegaciones para las subsanaciones. Todos los méritos se valorarán hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.