martes, 4 de diciembre de 2012

Ley de Mediación: Ambito de aplicación

La Ley de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles, publicada en el BOE el pasado 7 de julio, está a punto de echar a rodar mediante la promulgación de dos reales decretos que crearán el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación, fijarán la formación específica que necesitarán estos operadores y establecerán la mediación a través de medios electrónicos.

El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha enumerado en la Asamblea General de Cámaras de Comercio los procesos en los que podrá aplicarse. La mediación, a la que siempre se acudirá de manera voluntaria, podrá ser el mecanismo para solucionar los conflictos que en el ámbito mercantil se produzcan entre empresas y sus proveedores y clientes, así como entre los propios socios.

Los dos reales decretos que desarrollarán la ley se trasladarán a los ministerios y otros sectores afectados para recabar su opinión. Aunque la ley de momento sólo prevé la mediación en el ámbito Civil y Mercantil, el Ministerio de Justicia ya trabaja en otros ámbitos, como el Penal o el Contencioso-Administrativo.