jueves, 5 de febrero de 2026

Baja médica: El Supremo cierra la posibilidad al cobro de las guardias

En relación con el cobro de las guardias en situación de incapacidad temporal (baja médica) y para poner en contexto, debemos recordar que hay sentencias contradictorias, unas estimando el cobro de las guardias y otras desestimando, de distintos Tribunales Superiores de Justicia. Es por ello por lo que el abogado del Estado interpuso recurso de casación ante el Tribunal Supremo, admitido por auto de 21 de mayo de 2025, tal como informábamos AQUI.

Pues bien, el Tribunal Supremo ha dictado sentencia de fecha 14 de enero de 2026 estimando el recurso de casación interpuesto por el abogado del Estado contra sentencia del TSJ de Murcia, que casan y anulan. La sentencia establece doctrina sobre la naturaleza de las retribuciones por guardia en la Administración de Justicia y establece que los funcionarios de la Administración de Justicia no tienen derecho a cobrar las guardias no realizadas durante la situación de incapacidad temporal (baja médica).

Considera el Tribunal Supremo que el complemento salarial por guardias es un complemento extraordinario, no es salario ordinario (como, por ejemplo, el complemento general del puesto o complemento específico) y no se percibe en caso de incapacidad temporal.