1.- De acuerdo con el punto 1.5 del Anexo II a) y Anexo III a) y el punto 1.4 del Anexo IV a) de la convocatoria sobre la reserva de nota:
Las personas aspirantes que hubieran superado la fase de oposición en la convocatoria de la OEP 2017-2018, con una nota superior a la mínima fijada, pero no hubieran obtenido plaza en el Cuerpo al que se presentaron, por no reunir méritos suficientes en la fase de concurso de aquella convocatoria, quedarán exentos de realizar en esta convocatoria los ejercicios de esta fase de oposición. Esta reserva solo podrá reconocerse cuando la persona aspirante se presente por el mismo Cuerpo, ámbito territorial y turno (sistema general o turno de reserva), salvo que voluntariamente se presente en la nueva convocatoria para obtener mejor nota. En este caso, si la nota obtenida fuese inferior o no superase la fase de oposición, se le reservará la nota de la oposición de la convocatoria de la OEP 2017-18.