Aviso para personal interino que haya prestado servicios en la Administración de Justicia con anterioridad a agosto de 1990.
Extensión de efectos de sentencia por las omisiones en las cotizaciones a la Seguridad Social de períodos trabajados con anterioridad a agosto de 1990.
En primer lugar hay que aclarar que este aviso solo afecta a funcionarios interinos por períodos trabajados en la Administración de Justicia y no cotizados hasta agosto de 1990. Importante: Tienen que seguir sometidos al régimen de Seguridad Social a efectos de jubilación, es decir, sólo los que siguen siendo interinos a fecha de hoy, o los que han ingresado como funcionarios de carrera desde 2011, o los que por cualquier motivo siguen en el régimen general de la Seguridad Social.
Los que sean funcionarios de carrera con anterioridad a 2011 y pertenecen por tanto al régimen de clases pasivas no están afectados.
Todos los que estéis interesados en la extensión de efectos de la sentencia para que se declare vuestro derecho a ser afiliado y dado de alta con carácter retroactivo en el régimen general de la Seguridad Social en los períodos trabajados en la Administración de Justicia con anterioridad a 1 de agosto de 1990 debéis poneros en contacto con nosotros lo más urgente posible, ya que el plazo está a punto de expirar, al ser preciso obtener antes una documentación acreditativa de la ausencia de cotización.
STAJ tramitará la extensión de efectos de forma gratuita para todos los afiliados y nuevos afiliados.