El pasado día 8 de septiembre, el Tribunal Calificador Unico del proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Tramitación, acceso libre, dictó un acuerdo por el que se fijaba el baremo de corrección del segundo ejercicio, a celebrar el próximo día 17 de septiembre de 2016.
STAJ entiende que este acuerdo vulnera la Orden de Convocatoria de la oposición, que en el punto 1.3 del anexo de las bases de las oposiciones establece:
"Celebrado el examen, el Tribunal a la vista del número y nivel de conocimientos de los aspirantes decidirá cuál es el mínimo de puntuación exigido en cada uno de los dos conceptos valorables para superar el segundo ejercicio en cada ámbito territorial. Esta puntuación, sumados ambos conceptos, nunca podrá ser inferior a 30 puntos.
Todos aquellos aspirantes que alcancen estas puntuaciones mínimas se considerarán aptos del segundo ejercicio, quedando condicionada la superación del proceso selectivo a la obtención de plaza según el orden de puntuación una vez sumadas las calificaciones de los dos ejercicios de la oposición".
En consecuencia, este acuerdo está determinando, antes de celebrarse el ejercicio y por tanto antes de conocer el "número y nivel de conocimientos de los aspirantes" la puntuación mínima exigida para aprobar el segundo ejercicio, vulnerando lo que establecen las bases de la convocatoria de la oposición, por lo que desde STAJ nos dirigiremos al Tribunal a fin de que dicte un nuevo acuerdo donde no se determine previamente la puntuación mínima exigida en cada uno de los dos conceptos valorables para superar el segundo ejercicio en cada ámbito territorial hasta la celebración del examen a la vista del número y nivel de conocimientos de los aspirantes de conformidad con lo que establece la Orden JUS/2684/2015, de 1 de diciembre.