Prácticamente en todos los países del mundo, la acción de la Justicia se asocia con el uso de ciertas ropas y la utilización de determinadas enseñas y ritos. Es lo que se denomina guardar sala.
En España está regulado por el Reglamento de Honores, Tratamientos y Protocolo en los Actos Judiciales Solemnes, aprobado en el año 2005, que establece el uso de la toga e insignias del cargo en los actos protocolarios y en las actuaciones jurisdiccionales que se celebren en juzgados o tribunales.
Ahora, "guardar sala" requiere el cumplimiento de unas normas mínimas, que el Cuerpo de Auxilio Judicial deben hacer cumplir, porque así lo establece el artículo 487 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.