La Fiscalía General del Estado ha emitido una primera Instrucción sobre la Ley 15/2015, de Jurisdicción Voluntaria, para aclarar determinados aspectos prácticos y organizativos, ante las numerosas consultas planteadas por las Fiscalías Provinciales sobre la forma de intervenir en los procedimientos regulados en la nueva Ley.
Señala la Instrucción 2/2015 sobre directrices iniciales tras la entrada en vigor de la nueva Ley de Jurisdicción Voluntaria, de fecha 16 de octubre de 2015, que uno de los aspectos más sobresalientes de la nueva Ley radica en el reforzamiento de los principios de oralidad, inmediación y concentración que se plasman en el papel central de la comparecencia y que se recogen en el artículo 18 de la norma.
Y que lo limitado de los recursos humanos y materiales del Ministerio Fiscal, unido al reducido período de tiempo entre la publicación y la entrada en vigor de la norma, plantea problemas y dudas sobre la mejor forma de dar cumplimiento a los requierimientos de la norma.