MUGEJU ha emitido una nota aclaratoria donde especifica que todos los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia cotizan al sistema especial de seguridad social que representa, exclusivamente a efectos de asistencia sanitaria, y sin excepciones.
Aclara igualmente que a efectos de pensiones, y como regla general, los funcionarios anteriores a 1 de enero de 2011 cotizan al régimen de clases pasivas, y a partir de la referida fecha al régimen general de la Seguridad Social a efectos de pensiones, pero no de asistencia sanitaria y otras prestaciones mutuales.
Por lo tanto, insiste en que nada tiene que ver con cotizaciones o cálculos sobre pensiones del personal al servicio de la Administración de Justicia.